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Ordenanza Nro. 3060 CORRESPONDE A EXPTE. 4121 -H.C.D. 748/95 -046/96.- V I S T O: CONSIDERANDO: Que con la medida que se propicia se propende a un nuevo modelo de gestión municipal basado en los principios de integración territorial, economía de escala y optimización de recursos humanos, económicos y financieros.- Que por Resolución Nº 226/95 del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Campana y por Expediente Nº 4121-H.C.D.- 046/96 del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate se instó a ambos municipios a trabajar en forma conjunta en la Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos Urbanos; Que así mismo el modelo propiciado ha sido experimentado con beneficiosos resultados en la denominada Área Metropolitana, por lo cual se cuenta con un modelo ya desarrollado que permite su optimización.- Que las tareas de prestación de servicios que se encomiendan en una primera etapa se vinculan con la problemática medio ambiental, que ha sido elevada a nivel de garantía constitucional en la reforma de 1994.- Que en congruencia con la nueva norma constitucional, la Ley de la Provincia de buenos Aires Nº 11.723, en su Artículo 67º, fomenta los acuerdos intermunicipales, con las finalidades medioambientales.- Que con la medida que se propicia se procura contar con una herramienta apta para instrumentar políticas de gestión ambiental en el ámbito de los municipios, cumplimentando la normativa provincial.- Que de su creación y de la implementación de sus objetivos derivaran beneficiosas consecuencias que contribuirán a elevar la calidad de vida de los habitantes del Partido de Zárate y Campana, tarea en la cual se encuentran empañados los respectivos Concejos Deliberantes sin distinción de sectores; Que la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires por su Articulo 204º y concordantes, posibilita que el Departamento Ejecutivo propugne la creación de entes descentralizados para prestar servicios públicos; Que los antecedentes mencionados son lo suficientemente claros y precisos respecto a los objetivos y cometidos a encomendar al mismo, como así también los beneficios que para la población derivaran de su creación; Que asimismo deben señalarse aspectos que hagan a la estructura funcional del Ente a crearse y que sirvan como lineamientos mínimos, ponderando su carácter descentralizado, de pequeña estructura y agilidad de operación.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 3 0 6 0.- ARTÍCULO 1º.- Se ratifica el Acta Fundacional suscripta el día 13/12/96 por el Señor Intendente Municipal del Partido de Zárate con su similar del partido de Campana respecto a la creación de un Ente Regional.- ARTÍCULO 2º.- Se faculta al señor Intendente Municipal a acordar con la Municipalidad de Campana la futura estructura del Ente Regional sobre las siguientes bases: a).- Organismo descentralizado, mandatario de sus fundadores.- b).- No tendrá recursos propios sino dependerá de los aportes que realicen los respectivos municipios.- c).- Lo integraran los Municipios fundacionales, pudiendo adherirse en el futuro nuevos municipios.- d).- Plazo de duración: Cuarenta (40) años.- e).- Ejercerá su Dirección y Administración un directorio compuesto de no más de cinco (5) miembros.- f).- El Departamento Ejecutivo delegara las funciones especificas para su cometido.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los diecinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.- |