Ordenanza Nro. 3129


CORRESPONDE A EXPTE. 4121 -H.C.D. 725/97.-

V I S T O:
La Ordenanza N° 3060/97 que ratifica la creación del ENTE REGIONAL DE LOS MUNICIPIOS DE ZARATE Y CAMPANA, y.-

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° en su inciso c) permite la incorporación de otros Municipios al mencionado Ente, pero no especifica el procedimiento que debería aplicarse para su aprobación.-

Que una de las funciones del Ente Regional es la de realizar por sí, o a través de terceros, la disposición final de los residuos sólidos urbanos o asimilables a urba nos generados en los Municipios que lo constituyen.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A  Nº  3 1 2 9.-

ARTÍCULO 1º.- La incorporación de un Nuevo Municipio al Ente Regional creado por Ordenanza Nº 3060/97, deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.-